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Luis Fernando Velasco, Ministro de Interior.
Luis Fernando Velasco, Ministro de Interior.
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Mininterior.

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“¡La pólvora no es un juego!”: Mininterior expidió decreto que reglamenta su uso

“¡La pólvora no es un juego!”, escribió en su cuenta de X (antes Twitter).

El Ministro de Interior, Luis Fernando Velasco, firmó este miércoles un nuevo decreto que reglamenta el uso de la pólvora, en su fabricación, manipulación, transporte, almacenamiento, comercialización, compra, venta de pólvora y productos pirotécnicos en el territorio nacional.

Lo anterior, con miras a las épocas decembrinas, en donde se disparan este tipo de casos de uso y comercialización de productos pirotécnicos y por ende los accidentes y quemados.

“Hoy firmé como @MinInterior el nuevo decreto que reglamenta el uso de la pólvora para su fabricación, manipulación, transporte, almacenamiento, comercialización, compra, venta de pólvora y productos pirotécnicos en el territorio nacional; establecido en la Ley 2224 de 2022 que garantiza los derechos fundamentales a la vida, la integridad física, la salud y la recreación de los niños, niñas y adolescentes”, escribió por su plataforma de X (antes Twitter).

En la publicación, Velasco montó una foto firmando el decreto y asegurando que “¡La pólvora no es un juego!”.

En el artículo oficial del Ministerio se asegura que “está prohibida toda venta de artículos pirotécnicos o fuegos artificiales y globos a niños, niñas y adolescentes y a personas en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias psicoactivas o prohibidas, en todo el territorio nacional”.

Todos los menores de edad que sean encontrados en flagrancia serán puestos a disposición de “un defensor de familia, o autoridad quien haga sus veces, quien determinará las medidas de protección a adoptar”. La multa para sus progenitores será de 5 SMLMV.

Así mismo, habrá sanciones para las personas a las que se le encuentre usando, fabricando, manipulando, transportando, comercializando o comprando artículos pirotécnicos o fuegos artificiales y globos, incumpliendo con las normativas vigentes. El monto de la misma será entre 1 y 200 salarios mínimos mensuales legales vigentes, dependiendo del caso.

“Si en el marco de la contravención a esta reglamentación se afecta, la vida y la integridad de terceros, o de bienes públicos o privados, o se fabriquen artículos pirotécnicos o fuegos artificiales que contengan fósforo blanco o clorhidrato, la sanción pecuniaria será entre cien (100) a trescientos (300) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes - SMMLV”, declara el mismo artículo. 

Según los reportes del Instituto Nacional de Salud, los lesionados por pólvora pirotécnica en el país, en el periodo comprendido entre los meses de diciembre de 2022 y enero de 2023, fue de 1.145 colombianos, 354 de ellos eran menores de edad.

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